sábado, 17 de octubre de 2009

Las Sociedades Integradoras, una novedosa alternativa empresarial.



En los últimos años ha aparecido una nueva forma de empresa que se suma al concierto comercial para el mejor desarrollo de la actividad lucrativa en México, la empresa integradora.



La sociedad integradora es una forma de organización empresarial basada en el principio de que la unión hace la fuerza. Reconociendo el hecho de que para los pequeños empresarios es mas dificil buscar condiciones competitivas en el mercado, nuestra legislación ha encontrado en la empresa integradora una formula aparentemente infalible para equilibrar la balanza, agrupando a estas pequeñas empresas en una gran sociedad, cuya única finalidad es buscar condiciones mas favorables a sus asociados.



Por ejemplo, pensemos que 100 pequeños productores de granos que normalmente buscan colocar su producto de manera independiente ante los mercados locales, logran agruparse mediante la integradora, quien negociará con los grandes intermediarios o supermercados, tanto mejores precios como un suministro constante de producto, lo que genera ganancias mayores para ambas partes, productor e intermediario, y abatirá costos para el consumidor final, haciendo mas competitiva esta rama de la economía.



En términos técnicos, la empresa integradora busca agrupar a las micro pequeña y mediana empresa y tiene por objeto social prestar servicios especializados a sus socios, sean éstos personas físicas o morales de escala micro, pequeña y mediana. Su organización formal constituye una plataforma para el desarrollo y modernización de los empresarios.


Los objetivos a gran escala de estas sociedades son:




  • Dotar de mayor poder de negociación a las micro, pequeñas y medianas empresas en los mercados de proveeduría, comercialización, financieros y tecnológicos, entre otros.


  • Consolidar su presencia en el mercado interno e incrementar su participación en el de exportación.


  • Fomentar la especialización de las empresas asociadas en productos y procesos que cuenten con ventajas comparativas.

Estas empresas se rigen por el decreto que promueve la creación de empresas integradoras publicada en el Diario Oficial de fecha 7 de mayo de 1993 y su decreto modificatorio publicado el 30 de mayo de 1995.


Este tipo de empresas debe constituirse al amparo de alguna forma de sociedad mercantil, las mas recomendables son la sociedad anónima y la de Responsbilidad Limitada, y dado que ésta última sólo admite 50 socios, la forma mas atractiva es la Anónima.


Como toda sociedad mercantil, la integradora debe acogerse a la Ley General de Sociedades Mercantiles en todo lo que corresponda a la forma que adopte, suponiendo que se eliga como anónima, deberá entonces tener un mínimo de dos socios, un capital mínimo de $50,000.00 y dividir su capital en acciones. Puede elegir la forma de Capital Variable, que es la mas recomendada para evitar tramites burocráticos y obsoletos al momento de aumentar o disminuir su capital.


Ahora bien, lo que todo empresario debe tomar en cuenta al crear este tipo de empresa, son las diferencia que tiene con las demás sociedades, que limitan su actuación y la enmarcan dentro del celoso círculo de las empresas integradoras.


Estas limitaciones son las siguientes:


1.- La sociedad integradora no podrá en forma directa e indirecta participar en el capital social de las empresas integradas.


2.- La sociedad integradora únicamente percibirá ingresos por concepto de cuotas, comisiones y prestaciones de servicios a sus integradas. Podrán obtener ingresos por otros conceptos, siempre que éstos representen como máximo un 10 por ciento de sus ingresos totales.


3.- La empresa integradora no puede realizar la importación de mercancías con propósito de especulación comercial, ya que esta es una empresa de servicios y el Padrón de Importadores es sólo para aquellas empresas que realicen alguna transformación al producto.


4.- La empresa integradora no podrá realizar ninguna parte del proceso productivo, ya que es una empresa de servicios especializados.


5.- La sociedad por regla general sólo admitirá como socios a personas físicas y morales con actividad empresarial que puedan considerarse como “empresa”, dando preferencia a la micro, pequeña y mediana empresa, a efecto de cumplir con su objeto social preponderante. Sin embargo, podrán participar en el capital social de la empresa integradora, instituciones de banca de desarrollo, el Fondo Nacional de Empresas de Solidaridad y, en general, cualquier otro socio, siempre y cuando la participación de las empresas integradas represente por lo menos un 75% del capital social de la integradora.


6.- Las empresas asociadas deberán, además, ser usuarias de los servicios que preste la integradora con independencia de que estos servicios se brinden a terceras personas hasta por un 10 por ciento del total de los ingresos de la empresa integradora.


7.- La empresa integradora deberá tener una cobertura nacional, o bien circunscribirse a una región, entidad federativa, municipio o localidad, en función de sus propios requerimientos y los de sus socios. Por lo tanto, los socios se obligan a tener al menos cobertura dentro del municipio donde se establece su domicilio social.



Las empresas que reúnan estos requisitos podrán inscribirse en el Registro Nacional de Empresas Integradoras que esta a cargo de la Secretaría de Economía y con ello obtener los beneficios estratégicos que se suman a los que ya de suyo vienen aparejados con la creación de estas empresas.



Algunos ejemplos de estos beneficios son:





  • Las empresas integradoras están obligadas a Tributar en el Régimen Simplificado, según se establece el Título II, Cap. VII Del Régimen Simplificado de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 01 de enero de 2002.


  • Apoyos Financieros. La Secretaría de Economía a través del Fondo PYME, puede apoyar en las siguientes líneas: Capacitación. Equipamiento. Estudios. Gastos de Operación. Proyectos Productivos. Para mayor información consulte la siguiente pagina http://www.fondopyme.gob.mx/


  • Apoyos a la Exportación. Cuando los socios tienen una vocación exportadora, las empresas integradoras también tienen facilidades para acceder a programas para la promoción de las exportaciones como son:

a).- Registro de Empresas de Comercio Exterior (Ecex): A través de este Registro las empresas comercializadoras podrán accesar a los mercados internacionales con facilidades administrativas y apoyos financieros de la Banca de Desarrollo.


b).- Empresas Altamente Exportadoras (Altex): Es un instrumento de promoción a las exportaciones de productos mexicanos, destinado a apoyar su operación mediante facilidades administrativas y fiscales.Maquila de Exportación: Se permite a los productores de mercancías destinadas a la exportación, importar temporalmente los bienes necesarios para ser utilizados en la transformación, elaboración y/o reparación de productos de exportación.



La Secretaría de Economía brinda apoyo y asesoría gratuita a los intersados en formar una empresa integradora. Para mayor información a este respecto, puede consultar la siguiente página: http://www.economia.gob.mx/?P=7170


Los Corredores Públicos en Hidalgo brindamos igualmente asesoría jurídica gratuita para los trámites previos a la creación de estas sociedades y ofrecemos precios especiales para la formalización del acta contitutiva y sus asambleas. Para mayor información sobre los requisitos, procedimientos, precios que ofrece la Correduría Pública 5 a mi cargo y los formularios para constituir una empresa integradora, puede checar este vínculo

http://sites.google.com/site/corredorpublico5hgo/introduccion

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